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Una disputa en alta mar: la ofensiva judicial que busca frenar la exploración petrolera en Uruguay

La ofensiva legal inesperada que busca frenar actividades en aguas uruguayas, según sus impulsores, ponen en riesgo derechos fundamentales y compromisos internacionales. Mientras la discusión escala en tribunales, crece un debate que enfrenta desarrollo energético, ambiente y responsabilidades del Estado.
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Lo que ocurre mar adentro rara vez ocupa titulares permanentes, pero esta vez la disputa llegó a los estrados judiciales y abrió una controversia de alcance nacional. Organismos públicos y colectivos ciudadanos cuestionan decisiones vinculadas a la exploración de recursos en el océano. En juego no solo hay contratos y competencias legales, sino también modelos de desarrollo, compromisos climáticos y el equilibrio de los ecosistemas marinos.

Un recurso que apunta a frenar las actividades en el mar

La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) presentó un recurso de amparo con el objetivo de lograr la suspensión inmediata de las tareas de prospección sísmica en aguas uruguayas. Según sostiene el organismo, estas actividades implican una “manifiesta ilegitimidad” y vulneran derechos humanos esenciales.

El planteo fue presentado ante la Justicia civil por el representante legal de la institución, quien argumentó que tanto la exploración como una eventual explotación de hidrocarburos generan impactos severos sobre especies marinas protegidas, ecosistemas acuáticos y la biodiversidad del océano.

En el escrito se advierte que las técnicas utilizadas en la búsqueda de petróleo (particularmente las detonaciones acústicas empleadas en la prospección sísmica) pueden alterar de forma significativa la vida marina. A juicio de la institución, el daño potencial no se limita a efectos ambientales, sino que también compromete derechos vinculados a un ambiente sano y al desarrollo sostenible.

Señalamientos al Estado y a las empresas

La acción judicial no se dirige a un único actor. La presidenta de la Inddhh explicó que el recurso alcanza al Ministerio de Ambiente, al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a Ancap y a las compañías extranjeras adjudicatarias de los contratos de exploración.

Uno de los argumentos centrales es que las propias empresas reconocieron en sus informes ambientales la existencia de impactos de alta magnitud asociados a la actividad sísmica. Para la institución, este reconocimiento refuerza la necesidad de adoptar medidas urgentes.

Además, el planteo subraya que la continuidad de estos proyectos podría colocar a Uruguay en una situación de incumplimiento de compromisos internacionales, entre ellos los asumidos en el Acuerdo de París de 2015, que promueve la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Desde la Inddhh también se cuestiona la coherencia de impulsar la búsqueda de combustibles fósiles mientras, en el discurso oficial, se promueve una transición hacia energías limpias y sostenibles. Esa aparente contradicción es uno de los ejes políticos del debate.

Un fallo que evitó entrar al fondo del asunto

En paralelo al recurso de amparo, una organización de la sociedad civil presentó una medida cautelar con el propósito de suspender las actividades de exploración. Sin embargo, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8º Turno se declaró incompetente para analizar el planteo.

El magistrado entendió que antes de cuestionar los contratos firmados para la exploración debía impugnarse el acto administrativo que autorizó su celebración. Según la resolución, la revisión de ese tipo de actos corresponde al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), y no al Poder Judicial en sede civil.

La sentencia no evaluó el fondo de los argumentos ambientales expuestos por los colectivos, sino que se limitó a determinar la vía procesal adecuada. El juez sostuvo que suspender los contratos implicaría afectar el acto administrativo que los habilitó, cuestión que (de acuerdo con la Constitución) debe ser tratada por la justicia administrativa.

Apelaciones y una disputa que continúa

La asociación que impulsó la acción cautelar anunció que apelará la decisión y que estudia otras estrategias legales para mantener viva la discusión en instancias superiores. En un comunicado público, el colectivo sostuvo que un contrato no equivale a un acto administrativo y que, por lo tanto, la competencia del TCA no sería excluyente en este caso.

El grupo argumenta que la Constitución delimita la actuación del tribunal administrativo a la anulación de actos administrativos, no de contratos, y que la cuestión merece una revisión más amplia para garantizar una tutela judicial efectiva.

Mientras tanto, el debate trasciende los expedientes. De un lado, se invoca la necesidad de diversificar la matriz energética y explorar oportunidades económicas. Del otro, se advierte sobre los riesgos ambientales y la coherencia con los compromisos climáticos asumidos por el país.

La resolución final aún está lejos, pero el conflicto ya instaló una pregunta de fondo: ¿qué modelo de desarrollo quiere Uruguay para su futuro y qué lugar ocupa el mar en esa decisión?

 

[Fuente: El Cronista]

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